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Tribunal tumba nombramiento de la alcaldesa Local de Fontibón, Adriana Ortiz Ubaque

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, declaró la nulidad parcial del Decreto 238 de 17 de julio de 2024, solo en lo que tiene que ver con el nombramiento de Adriana Yaneth Ortiz Ubaque, porque no se probaron los vicios de legalidad endilgados contra la etapa de proceso meritocrático, pero sí que la alcaldesa de la Localidad de Fontibón no colmó los requisitos de inscripción y, por ende, no podía ser ternada ni electa alcaldesa local.

De acuerdo a lo conocido por NUEVOFONTIBON.COM, el Tribunal Administrativo de Cundinmarca, Sección Primera – Subsección C, a través de la Magistrada Ponente, Ana Margoth Chamorro Benavídez, mediante sentencia anticipada, resolvió la demanda por el nombramiento de varios alcaldes locales en la Ciudad de Bogotá, evidenciando falencias en el nombramiento únicamente de la Alcaldesa de Fontibón, Adriana Yaneth Ortiz Ubaque.

El pasado 26 de agosto de 2024, Carlos Ossa Barrera demandó la nulidad del Decreto 238 de 17 de julio de 2024, mediante el cual el alcalde mayor de Bogotá nombró a los siguientes alcaldes locales: Daniel Hernando Ortiz Quintero (Usaquén), Alexandra Mejía Guzmán (Chapinero), Carlos Hernando Macías Montoya (San Cristóbal), Fabián Ernesto Ramírez Cruz (Bosa), Karla Tathyanna Marín Ospina (Kennedy), Adriana Yaneth Ortiz Ubaque (Fontibón), Víctor Hugo Huertas Prada (Engativá), César Augusto Salamanca Rojas (Suba), Andrea Melissa Morales Cano (Barrios Unidos), María Angélica González Russi (Teusaquillo), John Jader Suárez Delgado (Los Mártires), Víctor Alfonso Cruz Sánchez (Puente Aranda), Angélica María Angarita Serrano (Candelaria).

El ciudadano, pidió que se lleve a cabo un nuevo concurso para la conformación de las ternas y además sostuvo que el proceso meritocrático es nulo por irregularidades en el trámite y desconocimiento del derecho de audiencia y defensa.

EL CASO DE FONTIBÓN

El 29 de agosto de 2024 Raquel Yurani Castro Escobar demandó la nulidad del Decreto 238 del 17 de julio de 2024, por el cual se nombró a Adriana Yaneth Ortiz como alcaldesa local de Fontibón. Argumentó no cumplió el requisito establecido en el artículo 65 del Decreto Ley 1421 de 1993 – Estatuto Orgánico de Bogotá, esto es, demostrar el domicilio en la respectiva localidad por lo menos durante los dos años anteriores a la fecha de la elección o del nombramiento, al cual se le asignó el Expediente 2024-01559-00.

La defensa, manifestó que hubo una amplia difusión de la convocatoria para la integración de ternas, prueba de ello es que se inscribieron 2643 ciudadanos; en la etapa de “Publicación lista de aspirantes inscritos” los participantes presentaron directamente ante la Universidad Nacional 186 reclamaciones y 11 peticiones, entre el 28 de febrero y el 3 de marzo de 2024; los tiempos de las etapas no fueron “un mero formalismo” porque la Circular 003 del 16 de febrero de 2024 expedida por la Secretaría Distrital de Gobierno contiene el cronograma, que se cumplió estrictamente.

PRIMERA INSTANCIA

Caso por caso, el Tribunal fue resolviendo cada una de las argumentaciones de los alcaldes y alcaldesas demandados, concluyendo que el único caso que no se pudo desmentir fue el de la alcaldesa de Fontibón que llevó a decidir y DECLARAR la nulidad parcial del Decreto 238 de 17 de julio de 2024, solo en lo que tiene que ver con el nombramiento de ADRIANA YANETH ORTIZ UBAQUE como Alcaldesa Local de Fontibón, por las razones señaladas en precedencia, como fue no comprobar el vínculo con la Localidad de 2 años, establecido en los requisitos presentados.

Seguramente, esta decisión será enviada a la instancia superior, quien dejará en firme la decisión o declarará en firme el nombramiento de Adriana Yaneth Ortiz Ubaque. El fallo conocido por este medio, tiene fecha del 14 de julio de 2025.

Esta es la providencia conocida por https://nuevofontibon.com/wp-content/uploads/2025/07/Sentencia_SENTENCIA_ELECTORAL202401526y2.pdf

 

 

 

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